Hacienda
Liquidación (te piden pagar)
Hacienda te reclama una cantidad. Puedes pagarla en el plazo voluntario (sin recargo) y, si no estás de acuerdo, recurrir.
Cómo reconocerla
Pone «liquidación provisional» o «acuerdo de liquidación», con un importe a ingresar y una carta de pago.
Plazos
- Pagar sin recargoSi te la notifican del 1 al 15, hasta el día 20 del mes siguiente; del 16 al final de mes, hasta el día 5 del segundo mes siguiente
- Recurso de reposición1 mes
- Reclamación económico-administrativa1 mes
Qué hacer
- Paga dentro del plazo voluntario para evitar recargos (puedes pedir aplazamiento o fraccionamiento antes de que acabe).
- Si no estás de acuerdo, recurre: el recurso no te libra de pagar salvo que pidas suspensión.
- Guarda el justificante de pago.
Sede electrónica de la Agencia TributariaLey General Tributaria (BOE)