Hacienda · DGT · Seguridad Social · Ayuntamientos
¿Te ha llegado una carta de Hacienda o una multa y no la entiendes?
Te explicamos qué significa en lenguaje claro, qué tienes que hacer y la fecha exacta en la que termina tu plazo.
- ✓ Sin registro
- ✓ Festivos incluidos
- ✓ Aviso en tu calendario
Ejemplo
Multa de tráfico notificada el 1 de octubre
Pagar con 50 % de descuento
Miércoles, 21 de octubre
Presentar alegaciones
Miércoles, 21 de octubre
Calcula tu fecha límite
Tres pasos: el tipo de carta, el día que te llegó y listo.
- 1Tipo de carta
- 2Fecha de notificación
- 3Tu plazo
¿Qué carta has recibido?
Elige la que más se parezca. Si dudas, sube la carta y te lo decimos.
Te explicamos tu carta
Sube una foto o el PDF y te decimos qué es, qué hacer y, si hace falta, te preparamos un borrador de respuesta.
Arrastra aquí una foto o PDF de tu carta
Te decimos qué es, qué tienes que hacer y tu fecha límite. JPG, PNG o PDF de hasta 8 MB.
No guardamos tu carta: se analiza y se descarta.
Las cartas más habituales
DGT
Multa de tráfico
Te comunican una infracción de tráfico. Puedes pagarla con un 50 % de descuento o presentar alegaciones si no estás de acuerdo.
Hacienda
Requerimiento de Hacienda
Hacienda está revisando algo de tu declaración y necesita que le enseñes documentos. No es una multa ni una deuda todavía.
Hacienda
Propuesta de liquidación
Hacienda cree que tienes que pagar más (o devolver menos) y te explica por qué. Aún no es definitivo: puedes alegar.
Hacienda
Liquidación (te piden pagar)
Hacienda te reclama una cantidad. Puedes pagarla en el plazo voluntario (sin recargo) y, si no estás de acuerdo, recurrir.
Hacienda
Providencia de apremio
Ya pasó el plazo voluntario de una deuda. Si no pagas ahora, Hacienda puede embargar cuentas, nómina o devoluciones.
Administración
Resolución de otra administración
Una administración ha decidido algo sobre ti (una ayuda, una sanción, una prestación). Si no estás de acuerdo, puedes recurrir.
Identifica la carta
Elige el tipo o sube la carta y la reconocemos por ti.
Calcula el plazo
Contamos días hábiles, naturales o meses con los festivos.
Actúa a tiempo
Guárdalo en tu calendario con aviso dos días antes.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo cuenta el plazo?+
Desde el día siguiente a la notificación: el día que recogiste la carta o la abriste en la sede electrónica. Si es electrónica y no la abres, se da por notificada a los 10 días naturales.
¿Qué son los días hábiles?+
Todos menos sábados, domingos y festivos. Si el último día del plazo es inhábil, el plazo termina el siguiente día hábil.
¿Puedo fiarme del cálculo?+
Aplicamos las reglas de la Ley 39/2015 y de la Ley General Tributaria con los festivos nacionales. Añade los de tu comunidad y municipio y compara siempre con el plazo que indica tu carta.
¿Guardáis mi carta?+
No. Si la subes para que te la expliquemos, se analiza al momento y se descarta. No pedimos registro.